) que modifiquen las condiciones de utilización del sistema o impidan el descenso completo de las barreras activas de control de humos.
b) Las empresas instaladoras deberán abstenerse de instalar los equipos y sistemas de protección contra incendios que no cumplan las disposiciones vigentes que les son aplicables, poniendo los hechos en conocimiento del comprador o favorecido de los mismos, por escrito y de forma fehaciente. No serán reanudados los trabajos hasta que no sean corregidas las deficiencias advertidas.
3. En caso de retirada de la marca de conformidad o de anulación del documento que recoge la evaluación técnica, el fabricante, importador o persona responsable adoptará inmediatamente las medidas correctoras necesarias para que sea conforme, para que sea retirado del mercado o para que sea recuperado, en caso necesario.
Cuando la superficie del establecimiento no sea veterano de 100 m2 o se trate de una vivienda unifamiliar, igualmente podrán ser colocados por la persona usuaria.
La justificación de este cumplimiento se realizará mediante un informe de Adiestramiento, emitido por un laboratorio acreditado, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial, permitido por Efectivo Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre.
Los pulsadores de rebato se situarán de modo que la distancia máxima Mas información a recorrer, desde cualquier punto que deba ser considerado como origen de defecación, hasta alcanzar un pulsador, no supere los 25 m.
Los equipos, sistemas y componentes que conforman las instalaciones de protección activa contra incendios deberán cumplir las condiciones y los requisitos que se establecen en las normas de la Unión Europea, en la Clase 21/1992, de 16 de julio, de Industria y sus normas de expansión, Vencedorí como en este Reglamento Mas información y sus anexos.
a) Extintor portátil: Diseñado para que puedan ser llevados y utilizados a mano, teniendo en condiciones de funcionamiento una masa igual o inferior a 20 kg.
Sistemas para el control de humo y de calor. Parte 1: Especificaciones para barreras para control de humo.
En el caso de extintores, la entidad de certificación acreditada deberá tener en cuenta los requisitos adicionales recogidos en la norma UNE 23120 sobre «Mantenimiento de extintores de incendios.»
Estos sistemas solo serán utilizables cuando quede garantizada la seguridad Servicio o la eyección del personal.
Sistemas de control de humos y calor. Parte 3: Especificaciones para aireadores extractores de humos y calor mecánicos.
Esta norma es fundamental para certificar la efectividad de los sistemas contra incendios y afirmar que cumplan con los estándares Servicio de seguridad requeridos. Algunos aspectos secreto incluyen:
c) Impresionado CE: impresionado por el que el fabricante indica que empresa certificada el producto es conforme a todos los requisitos aplicables establecidos en la fuero comunitaria y armonización que prevé su ubicación.